Se modifican las bases del Kit Digital para la próxima convocatoria de 2024
En esta modificación se amplían las tipologías de empresas beneficiarias, la cuantía del bono para las empresas del segmento III y las categorías de soluciones de digitalización
El pasado sábado 11 de mayo, el Ministerio para la Transformación
Digital y de la Función Pública publicó en el BOE la Orden TDF/435/2024 por la
cual se modifica la Orden ETD/1498/2021 en la cual se aprobaron las bases de
reguladoras de concesión de ayuda de digitalización a PYMEs, también llamado “Programa
Kit Digital”.
La nueva modificación de las bases del programa está
motivada por la inclusión de las medianas empresas como nuevos beneficiarios de
estas subvenciones públicas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de
estas bases y de las sucesivas convocatorias, «bono digital»). Esta medida
tiene como propósito continuar la modernización y adopción de soluciones
digitales en el ámbito empresarial, fomentadas en anteriores convocatorias de
este programa, con el fin de potenciar la eficiencia en el desempeño de sus
operaciones económicas.
De esta manera, se establecen dos nuevos segmentos de beneficiarios a los que ya existían previamente y se amplía el importe del bono para el segmento III (de 2.000€ a 3.000€) . Se muestra una tabla donde se marcan en negrita las modificaciones realizadas:
Segmentos de beneficiarios | Importe del “bono digital” - Euros |
Segmento I. Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados. | 12.000 |
Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados. | 6.000 |
Segmento III. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados. | 3.000 |
Segmento IV. Medianas empresas de entre 50 y menos de 100 empleados. Se incluyen las empresas con menos de 50 empleados que tengan consideración de mediana empresa al superar el volumen de negocios anual y balance general anual de 10 millones de euros. Excepcion del artículo 7.2.d) | 25.000 |
Segmento V. Medianas empresas de entre 100 y menos de 250 empleados. | 29.000 |
También se incluyen nuevas categorías de soluciones de digitalización dentro del anexo IV a las categorías existentes en las anteriores convocatorias, pasando de 10 categorías a las 17 incluidas dentro de esta nueva modificación, para así fomentar la introducción de nuevas tecnologías como puede ser la Inteligencia Artificial.
- Sitio web y presencia básica en internet
- Comercio electrónico
- Gestión de redes sociales
- Gestión de clientes
- Business intelligence y analítica
- Gestión de procesos
- Gestión de la facturación y factura electrónica
- Servicios y herramientas de oficina virtual
- Comunicaciones seguras
- Ciberseguridad
- Presencia avanzada en internet
- Marketplace
- Servicio de Ciberseguridad gestionada
- Gestión de clientes con IA asociada
- Business Intelligence y analítica e IA asociada
- Gestión de procesos con IA asociada
- Puesto de trabajo seguro
La solicitud de la ayuda con la nueva cuantía para las
empresas del segmento III se podrá realizar una vez se haya abierto el formulario
de solicitud en el mes de junio.
Se espera que la solicitud para medianas empresas (segmentos IV y V) se podrá realizar una vez se publique la convocatoria correspondiente y posteriormente se abra el formulario de solicitud. Está previsto que sea en el último trimestre del año 2024.