Publicado el nuevo Reglamento de comercialización de productos de construcción
El presente Reglamento entrará en vigor el próximo 7 de enero de 2025
El día 18 de diciembre de 2024 se ha publicado en el
Diario Oficial de la Unión Europea el nuevo Reglamento (UE) 2024/3110, que
establece un marco armonizado para la comercialización de productos de
construcción y reemplaza, con excepciones, al anterior Reglamento (UE) n.º 305/2011 con
efectos a partir del 8 de enero de 2026.
A diferencia de su antecesor, este Reglamento está diseñado para mejorar la circularidad de
los productos de construcción, en consonancia con los objetivos del Plan de
Acción para la Economía Circular y la jerarquía de residuos. Buscando como
objetivo que los requisitos de producto deban también poder mejorar la
eficiencia energética, evitar la generación de residuos, priorizar la
reparación, la reutilización y la refabricación, favorecer el uso de materias
secundarias y abordar la reciclabilidad del producto y la producción de
subproductos.
Por ello considera que la información general sobre el
producto, las instrucciones de uso y la información sobre seguridad son
herramientas esenciales para proporcionar información que sea suficiente para
tomar decisiones con conocimiento de causa sobre la adquisición, la instalación,
el uso, el mantenimiento, el desmontaje, la reutilización y el reciclado del
producto a un amplio grupo que pueda necesitar la información.
Por consiguiente, los elementos que los fabricantes de
productos de construcción deben incluir en la información general sobre el
producto, las instrucciones de uso y la información sobre seguridad se
especifican en el presente Reglamento.
Sobre las disposiciones previstas dentro de este Reglamento entrarán de manera escalonada, siendo aplicable la mayoría de los artículos y los anexos a partir del día 7 de enero de 2025. El artículo referente a sanciones será aplicable a partir del 8 de enero de 2027 y los restantes artículos y anexos serán aplicables a partir del 8 de enero de 2026.