Actualidad sobre el futuro Reglamento de máquinas
El Consejo adopta un mandato de negociación con el Parlamento Europeo
El Comité de Representantes Permanentes (COREPER) aprobó el pasado 24 de junio la posición del Consejo Europeo sobre la propuesta de la Comisión relativa al Reglamento de Máquinas. Una vez acordado el mandato de negociación del Consejo, durante el mes de julio se iniciarán las negociaciones con el Parlamento Europeo, cuyo mandato ya fue aprobado en mayo.
Entre las modificaciones que se incluyen en el mandato del Consejo cabe señalar las siguientes.
El mandato del Consejo modifica la estructura de la lista de máquinas y sus partes y accesorios que figura en el anexo I de la propuesta de la Comisión (máquinas potencialmente de mayor riesgo). Por lo que respecta a la mayoría de los productos, se ha mantenido la posibilidad de realizar una autoevaluación de la conformidad y se ha decidido que la intervención de los organismos de evaluación de la conformidad solo sea obligatoria para algunos productos. La Comisión Europea tendrá la posibilidad de actualizar, mediante actos delegados, la lista de partes y accesorios que se consideren potencialmente de mayor riesgo y que, por lo tanto, requerirán una intervención obligatoria de los organismos de evaluación de la conformidad. De este modo se pretende garantizar un equilibrio entre la necesidad de garantizar el máximo nivel de seguridad y la necesidad de no imponer cargas desproporcionadas a la industria.
El texto del Consejo propone que la Comisión pueda elaborar especificaciones técnicas si no se dispusiera de normas o dichas normas no fueran satisfactorias. No obstante, esta posibilidad es únicamente una opción de último recurso, que solo podría ser utilizada por la Comisión en circunstancias específicas.
El mandato del Consejo presenta un equilibrio adecuado entre la documentación digital y la documentación en papel. Garantiza que los fabricantes estén obligados a entregar gratuitamente, a petición del comprador, las instrucciones en papel hasta seis meses después de la compra.
Otros cambios introducidos en la propuesta de la Comisión son los siguientes:
- aclaración de la terminología para los términos «máquinas», «partes y accesorios», «productos sujetos al presente Reglamento» y «modificación sustancial»;
- aclaración de la cuestión de la evaluación obligatoria de la conformidad realizada por terceros para determinadas categorías de productos;
- disociación del futuro Reglamento sobre inteligencia artificial;
- alineación coherente con el nuevo marco legislativo.