Nuevo Reglamento de máquinas (II): Normas armonizadas
Puedes leer el artículo técnico de ANMOPYC en el número 253 de la revista Interempresas Obras Públicas
El Reglamento
(UE) 2023/1230 relativo a las máquinas, una versión revisada de la vigente
Directiva 2006/42/CE, entró en vigor el pasado 19 de julio y será aplicable a
partir del 20 de enero de 2027, fecha en la que quedará sustituida y derogada
definitivamente la Directiva.
El nuevo reglamento europeo de máquinas introduce una serie de modificaciones respecto a la Directiva 2006/42/CE, algunas de las cuales van a impactar de forma significativa en el sector de la maquinaria de construcción y minería. Cada uno de estos cambios irán siendo abordados de manera paulatina en esta sección.
Comenzamos esta colección de artículos sobre el nuevo reglamento de máquinas en el número OP251 examinando las disposiciones relativas a la evaluación de la conformidad. En el presente número analizaremos el papel de las normas armonizadas que establecen una presunción de conformidad para los productos incluidos en el ámbito de aplicación del presente Reglamento.
Las normas armonizadas europeas constituyen un instrumento esencial para ayudar a los fabricantes a diseñar y fabricar máquinas que cumplan los requisitos esenciales de salud y seguridad establecidos en la legislación específica sobre máquinas de la Unión Europea.
En la actualidad, la Directiva 2006/42/CE cuenta con una lista de cerca de 800 referencias de normas armonizadas, lo que refrenda la importancia de la normalización como instrumento de apoyo a la legislación de armonización técnica de la Unión Europea. Todas estas normas tendrán que ser revisadas a fin de garantizar que la primera lista de normas armonizadas elaboradas en apoyo del nuevo Reglamento de máquinas contenga el mayor número de referencias posibles.
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