Nuevos requisitos de diseño ecológico para motores eléctricos
Reglamento (UE) 2019/1781 por el que se establecen requisitos de diseño ecológico para los motores eléctricos y los variadores de velocidad de conformidad con la Directiva 2009/125/CE
El presente Reglamento establece los requisitos de diseño ecológico para la introducción en el mercado o la puesta en servicio de los motores eléctricos y los variadores de velocidad, incluidos los casos en que se encuentren integrados en otros productos.
Los requisitos de diseño ecológico que se establecen en el anexo I serán aplicables a partir de las fechas que en él se indican.
Los requisitos de eficiencia energética para los motores se aplicarán de conformidad con el siguiente calendario: desde el 1 de julio de 2021 en una primera etapa y desde el 1 de julio de 2021 en una segunda etapa.
El presente Reglamento entrará en vigor el 17 de noviembre de 2019 y será aplicable a partir del 1 de julio de 2021. No obstante, el párrafo primero del artículo 7 y el artículo 11 serán aplicables desde el 14 de noviembre de 2023.
El Reglamento (CE) 640/2009 quedará derogado con efectos a partir del 1 de julio de 2021.